Las subastas de Hacienda son las que convoca la Agencia Tributaria (AEAT) para enajenar bienes embargados en procedimientos de apremio por deudas tributarias. Desde 2018 también se celebran electrónicamente en el Portal de Subastas del BOE, con sus propias condiciones publicadas en cada anuncio.
A diferencia de las judiciales, el marco es la normativa de recaudación tributaria y las condiciones concretas de cada lote (depósito, tramos, mínimos de adjudicación) figuran en el anuncio de la propia subasta: revísalas siempre en el edicto enlazado. El dossier de Auctico añade a cada lote los datos del Catastro, la situación posesoria si consta y el valor de referencia oficial.
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Preguntas frecuentes
¿Qué vende Hacienda en sus subastas?
Bienes embargados en procedimientos de apremio por deudas tributarias: viviendas, locales, fincas, vehículos y otros bienes. Cada lote se publica con sus condiciones en el Portal de Subastas del BOE.
¿Las subastas de la AEAT funcionan igual que las judiciales?
El canal es el mismo (el Portal de Subastas del BOE), pero el marco jurídico es la normativa de recaudación tributaria, no la LEC, y las condiciones de depósito y adjudicación las fija el anuncio de cada subasta. Léelo siempre antes de pujar.